Mi familia

viernes, 10 de junio de 2011

10.- LA PATERNIDAD RESPONSABLE

“En el deber de transmitir la vida humana y educarla, lo cual hay que considerar como su propia misión, los cónyuges saben que son cooperadores del amor de Dios Creador y como sus intérpretes.
Por eso, con responsabilidad humana y cristiana cumplirán su obligación con dócil reverencia hacia Dios; de común acuerdo y propósito se formarán un juicio recto, atendiendo tanto al bien propio como al bien de los hijos, ya nacidos o todavía por venir, discerniendo las circunstancias del momento y del estado de vida, tanto materiales como espirituales, y, finalmente, teniendo en cuenta el bien de su propia familia, de la sociedad y de la Iglesia. Este juicio, en último término, lo deben formar ante Dios los esposos personalmente” (C. Vaticano II Gaudium et Spes 50)

Los padres son cooperadores de Dios
La fecundidad humana ha sido uno de los temas conflictivos históricamente en la Iglesia y en la conciencia de muchos cónyuges católicos en las últimas décadas.
La comunidad conyugal culmina en la paternidad y maternidad: los hijos son la corona del matrimonio. En la comunidad conyugal confluyen y se integran muchos elementos, que forman una totalidad y cooperan, al unísono, a la realización como personas de los dos cónyuges. La fecundidad es un elemento más; importante, pero no el único.
El sentido de la fecundidad humana desde una visión humana y cristiana debe buscarse en la perspectiva de la pareja que forma dicha comunidad, que no es otra que la íntima comunidad de vida y de amor, su núcleo vital, el cual exige entregarse y compartir la existencia en una relación interpersonal creativa y fecunda.
Los cónyuges, en el ejercicio de su paternidad, son cooperadores del amor de Dios, quien se sirve de ellos para crear una nueva vida, que, nacida del amor de Dios manifestado en el amor creativo de los padres, viene al mundo por amor, para ser amada y para poder amar.

Una llamada a la responsabilidad de los padres
El Concilio Vaticano II, en el número 50 de la constitución Gaudium et spes, hace una llamada a la responsabilidad de los padres.
No es baladí traer un hijo al mundo. Para los padres es un hecho de gran trascendencia que va a afectar mucho a sus vidas en todos los aspectos. Traer un hijo a la existencia es uno de los actos más importantes y transcendentes que un hombre y una mujer pueden hacer. Al darle la existencia, son los responsables de lo que le suceda hasta que alcance su mayoría de edad.
Deberán cuidarle física, psíquica y espiritualmente, poner los medios adecuados para que logre una educación armónica y completa y alcance su desarrollo global como ser humano.
Todo esto exige a los padres la responsabilidad de traer un hijo al mundo cuando se den las circunstancias adecuadas, en las cuales el hijo pueda ser atendido correctamente. Los hijos vienen al mundo sin pedirlo, sin consentimiento previo; pero, una vez traídos, tienen derecho a los medios ordinarios que posibiliten su pleno desarrollo.

El juicio recto de los padres
Para tomar la decisión de traer un hijo al mundo, ambos padres, de común acuerdo y según su conciencia, deben formarse un juicio recto. Esto quiere decir que deben atender a las razones objetivas de su situación. El Concilio marca una serie de puntos de suma importancia, como son el bien propio de los padres, el bien del posible hijo y de los demás hermanos si los hay, las circunstancias específicas en que se encuentre el matrimonio en ese momento, tanto materiales como espirituales y el bien de la sociedad y de la Iglesia (no pueden olvidan los padres que la sociedad se nutre de la natalidad de los matrimonios y que ésta es muy baja en muchas naciones).
Atendiendo, por tanto, a las razones objetivas y no sólo a las subjetivas, será como los padres se formen un juicio recto y puedan tomar la decisión responsablemente.

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