Mi familia

miércoles, 3 de junio de 2026

153.6.- RÉGIMEN ECONÓMICO DEL MATRIMONIO

Diversos regímenes: Antes de dar el paso al matrimonio, los futuros esposos pueden elegir el régimen económico. El Código Civil reconoce 3 regímenes económicos dentro del  matrimonio. Estos sirven para regular las relaciones económicas y patrimoniales dentro de la pareja.

Es decir, cómo se distribuye el dinero que gana cada uno, los bienes anteriores a la unión y los que se compran después.

Régimen de gananciales: Su principal característica es que pone en común las ganancias, pérdidas o beneficios obtenidos indistintamente por cualquiera de ellos, que les serán tribuidos por mitad si se disuelve el matrimonio.

Régimen de participación: Es similar al régimen de gananciales con la diferencia de que los bienes que el matrimonio solo da derecho al disfrute de los bienes o ganancias, no otorga su propiedad.

Régimen de separación de bienes: Tanto los bienes que cada uno tiene antes de casarse como los que adquiera después, serán suyos y no de la otra persona. La gran excepción dentro de este régimen es la vivienda habitual. El artículo 1320 del Código Civil, establece que es necesario contar con el consentimiento del otro cónyuge o disponer de autorización judicial para poder vender la vivienda familiar, aunque sólo sea de uno de los cónyuges.

Tres diferencias entre gananciales y separación de bienes:

Deudas: En gananciales, las deudas contraídas por uno de los cónyuges se trasladan al matrimonio. En separación de bienes, las deudas de uno de los cónyuges no pasarán al otro ni afectarán a su patrimonio.                                                                         El dinero que ganen o los bienes que compren durante el matrimonio: En gananciales, será de ambos, sin importar la procedencia o quién lo haya ganado, excepto las herencias y las donaciones que serán del conyuge que las reciba. En separación de bienes, el dinero será de cada uno de los cónyuges.

En caso de disolución del matrimonio: 

En gananciales, los bienes y patrimonio acumulado durante el matrimonio se repartirán al 50% entre ambos. En régimen de separación, no hay bienes a repartir, ya que en todo momento están separados los bienes y patrimonio de cada cónyuge.

¿Qué régimen es mejor, gananciales o separación de bienes? Depende de las circunstancias de cada matrimonio. Antes de elegir asesorararse bien. Si se trata de proteger el patrimonio personal, la separación de bienes es el régimen más adecuado.

La primacía del amor conyugal: Sea cualquiera el régiman elegido, los esposos deberán revisar su escala de valores matrimoniales y teber SIEMPRE presente la primacía del amor conyugal, porque es tal su valor que, ante cualquier acontecimiento de la vida, los esposos deberían preguntarse: ¿esta conducta, esta decisión y esta forma de comportarme mejora o empeora nuestro amor conyugal? Y obrar en consecuencia.

No hay comentarios:

Publicar un comentario