Mi familia

sábado, 16 de julio de 2011

40.- EL ABORTO

Todo ser humano, desde su concepción hasta su muerte, recorre una serie de etapas. En la reflexión del día 9 de mayo vimos las concernientes al tiempo antes del nacimiento, después siguen otras, todas ellas importantes: infancia, niñez, adolescencia, edad adulta, vejez y fallecimiento.
¿Qué es el aborto? Es la interrupción del embarazo debida a la muerte del embrión o el feto.
El aborto puede darse también en un parto de un feto vivo pero inviable; si el feto es viable, no se trata de aborto sino de parto prematuro.
Para que un embarazo se interrumpa éste tiene que haber comenzado. Pero, ¿cuándo comienza un embarazo? El embarazo comienza cuando empieza a existir un nuevo ser; con lo que volvemos a situarnos en la cuestión planteada ayer, y la respuesta a la pregunta formulada dependerá, en cada caso, del posicionamiento que cada cual haya adoptado.

El aborto espontáneo
El aborto espontáneo o involuntario es el que no es fruto de la voluntad de la madre sino de alguna anomalía o disfunción del embrión. Hasta el 70 % de los abortos espontáneos tienen lugar durante el primer trimestre del embarazo y se originan por anomalías cromosómicas del feto, la mayoría de ellas por un óvulo o un espermatozoide defectuosos.
Las anomalías cromosómicas del feto aumentan con la edad de la madre; las mujeres con más de cuarenta años corren el riesgo de tener abortos espontáneos por esta causa.
A veces, la célula germinal se divide de forma desparejada y produce óvulos o espermatozoides con cromosomas de más o de menos, por lo que el embrión tendrá una anomalía cromosómica.
Otra anomalía es el llamado “cigoto detenido”, que es una bolsa de embarazo que no contiene embrión, ya sea porque éste no se formó o porque no se desarrolló.

El aborto provocado
Es el que se debe a una serie de actos voluntarios de la madre hechos precisamente con la intención de provocar la interrupción del embarazo.
Desde el posicionamiento de que hay un ser humano desde el instante mismo de la fecundación, todo lo que cause la muerte de ese embrión o le impida hacer su recorrido natural, antes de implantarse en el útero materno o después hasta que sea viable, es considerado un aborto voluntario.
En este sentido, la píldora RU-486, llamada ”píldora del día siguiente” es una píldora abortiva.
La “píldora del día siguiente” es un preparado cuyas altas dosis de hormonas alteran en la madre el equilibrio hormonal necesario para que la mucosa uterina pueda acoger al embrión, por lo que, si tras unas relaciones sexuales se ha generado un embrión, éste no podrá implantarse en el útero, sino que morirá y será expulsado.
Esta píldora no es anticonceptiva, puesto que no impide la fecundación, sino que es antiimplantatoria, y por tanto abortiva. La intención de la mujer que usa esta píldora es que el embarazo, en caso de existir, sea interrumpido, haciendo imposible la anidación del embrión.

Los embriones congelados
Uno de los fallos de las técnicas de reproducción in vitro es que, para cubrir su alto número de fracasos, en cada proceso no se fecunda un único óvulo y se transfiere al útero, sino que se fecundan varios y se van transfiriendo, uno tras otro, hasta lograr que uno quede implantado.
El resultado es que, en cada proceso de reproducción in vitro, sobran un indeterminado número de embriones que, por ley, se guardan congelados por un máximo de cinco años.
La proliferación de esta técnica de reproducción ha dado lugar a un gran número de embriones congelados y su número seguirá aumentando. En la solución del problema planteado, no se puede olvidar que son seres humanos en su primera etapa de desarrollo y que su destrucción es un crimen.

Las técnicas abortivas
Como la palabra “aborto” no suena bien en una sociedad cristiana, los defensores del aborto suelen camuflar el hecho con expresiones tales como “interrupción voluntaria del embarazo”, derecho de la mujer a decidir” o “derecho de la mujer a la salud reproductiva”.
Además de la píldora ya citada, están en uso varias técnicas para provocar el aborto. Desde la más remota antigüedad, la práctica del aborto ha sido casi universal. Son muy numerosos los métodos empleados, y van desde el empleo de medicamentos abortivos hasta la desmembración del feto para su posterior succión.
A los profanos en esta materia que, por lo tanto, no estamos acostumbrados a tales escenas, como es mi caso, me ha impresionado mucho leer y ver las imágenes fotográficas de los diferentes métodos empleados para abortar. Algunos de ellos me han producido nauseas, no sólo por lo que representa el aborto en sí mismo, sino, además, por la brutalidad del método empleado.
Renuncio a entrar en más detalles, porque no quiero que mis posibles lectores lo pasen tal mal como yo. Estoy seguro de que si todas las mujeres que se someten a un aborto vieran antes estas escenas, ninguna de ellas sería capaz de seguir adelante.
No soy quien para juzgar la conducta de nadie, sólo Dios es juez de todos. De todo corazón le pido que extienda su manto de misericordia sobre todos.

Incidencia del aborto provocado en España
El día 10 de febrero de este año, el Consejo Superior de Investigaciones Científicas publicó un informe, del que entresaco las siguientes frases:
“Cada día más de 200 mujeres abortan en España”. Esto nos lleva a unos 800 mil abortos al año.
“El 97 % de los abortos se realizaron bajo el supuesto de evitar daño físico o psíquico a la madre, 2´5 % por defectos del feto y 0´1 % por violaciones”.
“La ocupación laboral de la madre, en la mayoría de los casos por cuenta ajena, es el factor determinante del aborto en España”. Si el factor determinante en la mayoría de los casos es el trabajo de la madre, no se entiende cómo se invoca el supuesto de la salud física o psíquica de la madre, sería más exacto decir que la madre no acepta el embarazo por una causa social o económica.
“El aborto es una de las experiencias más traumáticas que puede experimentar una mujer”. Se refiere, sobre todo, al aborto de su hijo en edad fetal. No es de extrañar, pues a la pérdida del hijo hay que añadir la violencia en sí del propio aborto.

Legislación sobre el aborto
Las diversas legislaciones de los países han penalizado siempre el aborto. No obstante, desde finales del siglo pasado, algunos países han promulgado leyes despenalizadoras, lo que quiere decir que no se castiga al que lo practica ni a quien consiente que se le practique, en los supuestos admitidos en la ley.
En España, la legislación sobre el aborto está recogida en el Código Penal, artículos 411 a 417 bis. 
Supuestos legales:
Por peligro para la salud física o psíquica de la madre, se permite el aborto en cualquier momento.
Por violación, se permite el aborto hasta la semana doce del embarazo.
Por graves malformaciones físicas o psíquicas del feto, se permite el aborto hasta las 22 semanas del embarazo.
Las leyes se hacen para ser cumplidas, pero no siempre sucede así. El aborto mueve muchos miles de millones y, para repartirse la tarta, han surgido infinidad de clínicas que lo practican.

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